El Consejo


El Consejo

Se constituye con carácter oficial el Consejo Canario de Colegios de Procuradores, integrado por los Colegios de Procuradores de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife, representados por sus respectivas Juntas de Gobierno.

El Consejo Canario de Colegios de Procuradores, es una Corporación de Derecho Público, reconocida y amparada por la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Canarias y de la Ley de Colegios Profesionales. En su respectivo ámbito de actuación, cada uno de los Colegios es autónomo y tiene separada e individualmente personalidad jurídica y plena capacidad para cumplir sus fines, conforme a lo dispuesto en sus respectivos Estatutos.

La representación legal del Consejo de los II.CC. de Procuradores de Canarias, tanto en juicio como fuera de él, recaerá en su Presidente, quién se encuentra legitimado para otorgar poderes generales o especiales a Procuradores, Letrados o cualquier clase de mandatarios, previo acuerdo del Pleno del Consejo.

Su domicilio se fija en Las Palmas de Gran Canaria, atendiendo a lo dispuesto en la Ley de Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Canarias y su Reglamento de aplicación, así como por encontrarse en dicha capital la sede del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

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